Tribunal de Superintendencia del Notariado : condiciones para presentación de licencias

Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 06-Jun-06Descripción: 1 pTema(s): Género/Forma:
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El Tribunal de Superintendencia del Notariado comunicó a este Colegio que, para poder ser analizadas y resueltas, las licencias deberán ser elevadas con debida antelación. En consecuencia, los pedidos de licencia en los que se proponen interinos deberán ser presentados a este Colegio - en todos los casos - con una antelación mínima de 7 días hábiles. Asimismo, se aconseja observar lo dispuesto en el artículo 29, inciso a) de la ley 404, sobre redesignación de subrogantes o quienes están habilitados para actuar en caso de cese transitorio de la actividad, previa notificación al Colegio

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