000 01684nab a2200361Ia 4500
001 65117
008 230501s9999 xx 000 0 und d
100 _aKemelmajer de Carlucci, Aída Rosa
245 0 _aLas situaciones jurídicas preexistentes, a un año de la vigencia del Código Civil y Comercial
260 _bLa Ley
_aBuenos Aires
_c1 agosto 2016
969 _vn. 143
500 _aContiene: Objetivo de estas líneas. Primera distinción de la que no hemos hablado en la Argentina. Segunda distinción, dentro de las reglas de conflicto, que hemos dejado fuera del debate. Listado particularizado (sí o no). Las dos reglas ( incorporadas en el art. 7 del CCyC). El principio de no retroactividad de la ley. El efecto inmediato de las nuevas leyes. El tratamiento de los textos propuestos sobre irretroactividad de la ley (arts. 23/25) con los integrantes de la Comisión. El tratamiento de los textos propuestos sobre aplicación inmediata de la ley con los integranes de la Comisión (arts. 26, 27 y 28). Síntesis de lo sucedido. Conclusiones provisorias de lo relatado
650 _aAPLICACION TEMPORAL DE LA LEY
_95345
650 _aCODIGO CIVIL Y COMERCIAL
650 _aIRRETROACTIVIDAD DE LA LEY
_95347
655 _aDOCTRINA
773 _tLa Ley
_gn. 143. p. 1-4
900 _ba
_cas
906 _aAR
909 _aespañol (o castellano)
912 _a02/08/2016 15:43:58
913 _a09/08/2016 15:51:52
914 _aSi
915 _aSi
931 _atomo 2016-D
932 _aaño 80
956 _aImpreso
958 _a\\elrond\Inmagic\ICSWEB\Doc\
962 _a67461
963 _a67461
964 _a67461
999 _c59880
_d59880