000 03355nam a2200469Ia 4500
001 14422
008 230501s9999 xx 000 0 und d
100 _aBrizuela, Carmén Estela
_912627
245 0 _a1] El plan de regularización y saneamiento que la entidad debe presentar al BCRA., en el supuesto contemplado por el inc. a] del artículo 34 de la Ley de entidades financieras, importa una solución pre-concursal, 2] La no presentación, rechazo o incumplimiento de dicho plan de regularización y saneamiento en el supuesto ya referido- debiera imponer al BCRA. la obligación de revocar la autorización para funcionar como entidad financiera. 3] Debe excluírse de la liquidación extrajudicial [art. 45, Ley 21.526] el caso de retiro de la autorización para funcionar, como consecuencia de la no presentación, rechazo o incumplimiento del plan de regularización y saneamiento también en el supuesto ya mencionado-; y por tanto imponerse la liquidación judicial [quiebra] atento la concurrencia del presupuesto objetivo requerido por la ley de concursos : la cesación de pagos
260 _bUniversidad Nacional de Córdoba,
_aLa Cumbre [Cba] :
_c1981
300 _a3 p.
500 _aa]Facultad de contralor y reglamentación del estado. Intervención directa. Facultades jurisdiccionales
500 _ab] Liquidación administrativa y concursal. Responsabilidades. Aplicación ley de entidades financieras y ley de concursos
500 _ac] Fusión, escisión y transformación de entidades financieras. Compra de paquetes accionarios
500 _aPonencia: Tema 1
650 _aCONCURSOS
_92269
650 _aENTIDADES FINANCIERAS
_93491
650 _aLE 21526
_912750
650 _aREGULARIZACION
_98680
650 _aSANEAMIENTO
_912751
655 _aDOCTRINA
700 _aJaimovich, Jorge O.
_912752
700 _aMonferini, Jorge Eduardo
_912753
711 _aCongreso sobre Aspectos Jurídicos de las Entidades Financieras, 2
_912754
711 _cLa Cumbre, Córdoba
_912755
711 _d1981
_95521
900 _bm
_cm
908 _aAR
912 _a02/11/2009 15:39:06
913 _a30/05/2011 16:55:54
914 _aSi
915 _aSi
918 _aBrizuela, Carmén Estela
918 _aJaimovich, Jorge O.
918 _aMonferini, Jorge Eduardo
919 _a1] El plan de regularización y saneamiento que la entidad debe presentar al BCRA., en el supuesto contemplado por el inc. a] del artículo 34 de la Ley de entidades financieras, importa una solución pre-concursal, 2] La no presentación, rechazo o incumplimiento de dicho plan de regularización y saneamiento en el supuesto ya referido- debiera imponer al BCRA. la obligación de revocar la autorización para funcionar como entidad financiera. 3] Debe excluírse de la liquidación extrajudicial [art. 45, Ley 21.526] el caso de retiro de la autorización para funcionar, como consecuencia de la no presentación, rechazo o incumplimiento del plan de regularización y saneamiento también en el supuesto ya mencionado-; y por tanto imponerse la liquidación judicial [quiebra] atento la concurrencia del presupuesto objetivo requerido por la ley de concursos : la cesación de pagos
922 _aCaja CAJEF 2: 6
958 _a\\elrond\Inmagic\ICSWEB\Doc\
962 _a14501
963 _a14501
964 _a14501
999 _c10125
_d10125