Los principios configuradores del tipo societario ¿un derecho "natural" de sociedades? / [recurso electrónico] :
José Miguel Emid Irujo
Resumen: Son ya bastantes las ocasiones en las que nuestra jurisprudencia societaria invoca los “principios configuradores del tipo social elegido”, tal y como recoge el artículo 28 de la Ley de Sociedades de Capital. Sin llegar a ser una constante dentro de la ratio decidendi de la correspondiente sentencia o resolución, constituye una referencia significativa y frecuente a la hora de precisar la validez, en su caso, de las cláusulas estatutarias de dichas sociedades derivadas del ejercicio de la autonomía de la voluntad.