El notario en el acuerdo extrajudicial de pagos
- Madrid Colegio Notarial de Cataluña 2015
Contiene: Competencia funcional. Competencia territorial. Inicio del expediente. Documentación básica y complementaria. Inicio del expediente y posibilidad de subsanación. Formalización del expedientte. Nombramiento y aceptación del mediador concursal. Comunicaciones oficiales a cargo del notario. Interrupción y finalización anticipada del expediente. Otras posibles comunicaciones por conducto notarial. la reunión de los acreedores. La elevación a escritura pública del acuerdo. Comunicaciones posteriores a la escritura pública. Incidencias posteriores al acuerdo, documentación y publicación