Valle Escudero, Nélida Olga Del

Validez de los actos que contrarían lo dispuesto en la sentencia de restricción de la capacidad o de incapacidad realizados por la persona incapaz o con capacidad restringida. Necesidad de anticipar la tutela de la persona con capacidad restringida o con incapacidad a la fecha de la sentencia del art. 37 CCYCN y de regular la situación de los actos en las hipótesis de actos entre vivos realizados por personas vulnerables de hecho. Reformulación del art. 46 - [Buenos Aires] s.e. [2015]

Comisión 1: Privado Parte General. Tema: Nuevas reglas referidas al régimen capacidad de la persona humana


CAPACIDAD
CAPACIDAD RESTRINGIDA
INCAPACIDAD
TUTELA


DOCTRINA