El artículo 291 del Código Civil y Comercial de la Nación
- La Plata Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires octubre - diciembre 2014
Contiene: Alcance. Funcionarios públicos. Personas comprendidas. Supuestos no contemplados. El interés personal. Efectos. Carácter de la invalidez. Invalidez del instrumento o del acto. Conversión. Bibliografía Trabajo galardonado con el primer premio de la Editorial Astrea compartido, correspondiente al tema 2
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL ESCRIBANO PUBLICO FUNCIONARIO PUBLICO INCOMPATIBILIDADES INTERES PERSONAL PARENTESCO VALIDEZ DE LOS ACTOS JURIDICOS