Escribanos : impuestos de sellos : art. 46, inc. b), apart. 7º, de la ley 14.333 de la Provincia de Buenos Aires; actos sobre inmuebles radicados en la Provincia otorgados fuera de ella; alícuota diferencial; aplicación; inconstitucionalidad; principio de igualdad; afectación; Colegio profesional; legitimación; art. 997 del Cód. Civil; aplicabilidad; constitucionalidad; art. 7º de la CN; propósitos de unidad de la legislación; respeto; planteo de inconstitucionalidad; legitimación activa
- Buenos Aires UCA 23 febrero 2016
Fallo: CS, diciembre 9-2015. - Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires c. Buenos Aires, Provincia de s/ ordinario (CSJ 37/2012 [48-C]/CS1-O.)
ACCION DE AMPARO ADUANAS INTERIORES ALICUOTA ALICUOTA DIFERENCIAL BARRERA JURISDICCIONAL CIRCULACION DEL DOCUMENTO NOTARIAL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES COMPETENCIA TERRITORIAL ESCRIBANOS EXTRAÑA JURISDICCION IMPUESTO DE SELLOS IMPUESTOS INCONSTITUCIONALIDAD JURISDICCION TERRITORIAL LEY 14333 NOTARIOS