Obligaciones. El caso del artículo 765 del nuevo Código Civil y Comercial
- Buenos Aires La Ley SA 2 diciembre 2015
Contiene: Introducción. Aproximación. Concordando las normas vigentes. Pago. Moneda que no es de curso legal en la República. Mutuo. Excepción, no regla obligatoria
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL MONEDA EXTRANJERA MUTUO OBLIGACION DE DAR SUMAS DE DINERO OBLIGACIONES