Mazzinghi, Jorge A. M.

Derecho del cónyuge a percibir alimentos luego del divorcio - Buenos Aires La Ley 21 julio 2015

Contiene: Un problema práctico durante el lapso inmediatamente posterior al divorcio. Una interpretación amplia flexible de la excepción prevista en el art. 434 inciso b) del Código. El carácter actual y esencialmente revisable de los alimentos.


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