El levantamiento de embargos e inhibiciones "al solo efecto de escriturar" es procedente en toda clase de juicios en los que se disponga la escrituración de los inmuebles vendidos y no sólo en caso de subasta judicial
- Buenos Aires Colegio de escribanos de la Capital Federal julio-septiembre 1990
EMBARGO ESCRITURAS JUDICIALESSUBA INHIBICION GENERAL DE BIENES LEVANTAMIENTO DE EMBARGO LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR MEDIDAS CAUTELARES SUBASTA JUDICIAL