Espejismo producido por el art. 122 de la LSC
- Buenos Aires UCA 27 septiembre 2012
Contiene: Antecedentes de la norma del art. 122. Los hechos particulares del caso resuelto. Las partes y su vínculo. Las decisiones judiciales. Comentarios de los fundamentos de la sentencia. Reconocimiento de la existencia de las personas jurídicas extranjeras. La notificación en la persona que negoció. Conclusiones Nota a fallo: CNCom., sala A, marzo 15-2012. "MLG S. H. (Klock, Sebastián y Gayo, María Laura) y otros c. Echt, Mariano Ariel y otros s/ ordinario". Sociedades: sociedad constituida en el extranjero: emplazamiento en juicio; apoderado convencional; requisitos.
ACTOS AISLADOS APODERADO PODER JUDICIAL REPRESENTANTE SOCIETARIO SOCIEDADES EXTRANJERAS