La problemática de la comunicación de asistencia a asamblea : su finalidad
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires LexisNexisDepalma 2000
Contiene: El art. 238 de la LSC. Nominatividad obligatoria de las acciones. Finalidad de la comunicación de la asistencia a asambleas, nominatividad accionaria obligatoria. Consecuencias prácticas de sujetarse a una interpretación literal del art. 238 de la LSC. Negación del derecho de voto
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