El inc. 5 del art. 94 debe redactarse de manera que cuando otra ley disponga la suspensión temporaria de su vigencia, se suspenderá el ejercicio del derecho de receso por el mismo plazo, salvo por disolución anticipada o transferencia del domicilio extranjero
- San Miguel de Tucumán s.e. [2004]
Comisión 3: Financiamiento
APORTE IRREVOCABLE AUMENTO DE CAPITAL CAPITAL SOCIAL SECURITIZACION