Mandato : escritura pública . Requisitos de los artículos 1001 y 1004 del Código Civil. Incumplimiento en el caso del otorgante que no actúa por derecho propio sino como mandatario. Inobservabilidad de la escritura
- Buenos Aires Colegio de escribanos de la Capital Federal mayo-junio 1968
Dictamen del esc. Jorge María Allende, aprobado por el Consejo Directivo en sesión de 21 de febrero de 1968
ESCRITURA PUBLICA FE DE CONOCIMIENTO FE NOTARIAL FE PUBLICA MANDATO MAYORIA DE EDAD REPRESENTACION LEGAL REQUISITOS