Breves referencias a las fundaciones en el constitucionalismo comparado
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires Rubinzal-Culzoni 2004
Contiene: El derecho a crear fundaciones y su reconocimiento constitucional implícito. El derecho a crear fundaciones expresamente reconocido. Algunos textos. Ideas fuerza que emanan de los textos que reconocen el derecho a crear una fundación. Análisis particular del Derecho español: a) El texto. b) La discusión en la constituyente. La reacción de la doctrina frente al texto incorporado. d) La metodología constitucional española derivaciones. Consecuencias de considerar el derecho a crear una fundación frente a la Constitución. Los límites del legislador y del poder administrador. Existencia de facultad reglamentaria administrativa. Límites: el acceso directo a la justicia
CONSTITUCION DERECHO COMPARADO DERECHO CONSTITUCIONAL FUNDACIONES PODER CONSTITUYENTE