Arecha, Martín

El derecho de minoría que contempla el art. 236, de facultad de iniciativa de solicitar la convocatoria a asamblea por socios que representen cierto porcentaje de capital, debe interpretarse conjuntamente con otras disposiciones de la ley, quedando esos socios habilitados para requerir por vía judicial la convocatoria cuando: a) tratándose de asamblea ordinaria, si se solicitó la convocatoria al directorio en primer lugar y ante la negativa u omisión se pidió esa misma convocatoria a la sindicatura sin haber sido lograda y b) si es extraordinaria, podrá deducirse demanda habiendo sido solicitada a uno cualquiera de esos órganos-directorio o sindicatura- con resultado negativo - Santa Fé Universidad de Rosario. Facultad de Derecho 2001


ASAMBLEA DE ACCIONISTAS
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA JUDICIAL
MINORIAS


DOCTRINA