El notario y la ley 24.441 /
María Cristina Mourelle de Tamborenea
Contiene: Es improcedente la intimación prevista por la ley 24441 si no es verificada por escribano público: libertad contractual. Verificación del estado de ocupación del inmueble por el escribano público. Escribano público con competencia territorial en otra demarcación. Facultad del acreedor para designar al escribano que verificará el estado del inmueble. Actuación del escribano en las ejecuciones hipotecarias. Ejecución hipotecaria y desocupación del inmueble al comenzar a regir la ley 24441