Bienes propios de los cónyuges : reserva del art. 1246 del Código Civil. Oportunidad de la declaración, posibilidad de salvar omisión por escritura posterior
- La Plata Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires septiembre-diciembre 1996
Consulta con dictamenes de los miembros de la Comisión Central de Consultas