Bienes propios de los cónyuges : reserva del art. 1246 del Código Civil. Oportunidad de la declaración, posibilidad de salvar omisión por escritura posterior - La Plata Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires septiembre-diciembre 1996

Consulta con dictamenes de los miembros de la Comisión Central de Consultas


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