TY - SER TI - Mediación y conciliación : Institúyese con carácter obligatorio la mediación previa a todo juicio. Disposiciones generales. Procedimiento. Registro de mediadores. Causales de excusación y recusación. Comisión de selección y contralor. Retribución del mediador. Fondo de financiamiento. Honorarios de los letrados de las partes. Cláusulas transitorias. Modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación KW - CONCILIACION KW - EXCUSACION KW - LE 24573 KW - MEDIACION KW - RECUSACION KW - REGISTRO DE MEDIADORES KW - LEGISLACION N1 - La Ley 25561 modifica el artículo 29 de la ley 24573 ER -