El artículo 1277 del Código Civil : su visión cuarenta años después
- Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 2009
- 7 p.
Contiene: Finalidad del legislador. Actos a los que se aplica la norma. Bienes propios. La subsistencia de la restricción luego de disuelta la sociedad conyugal. Recepción jurisprudencial. Aplicación en sede notarial. Conclusiones