[Recurso de apelación interpuesto contra la resolución de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal por medio de la cual desestimó el recurso interpuesto por el escribano Eduardo Daniel Aguirre] - Poder Judicial de la Nación, [2008] - 3 p.

El Registro de la Propiedad Inmueble de esta Capital observó el acto escriturario del 7 de abril de 2007 por el cual se vendió parte indivisa de bien inscripto a nombre de H.R.D.G. y perteneciente a la sociedad conyugal disuelta por causa de divorcio. Consideró el Registro de la Propiedad que en el caso no era suficiente el asentimiento de la ex cónyuge del vendedor en los términos del art. 1277 del Código Civil y que el acto debe ser otorgado por ambos cónyuges. CNCIV., sala F, 31/05/2007. Aguirre, Eduardo c/ Registro de la Propiedad Inmueble. Magistrados: Eduardo A. Zannoni, José Luis Galmarini, y Fernando Posse Saguier


ASENTIMIENTO CONYUGAL
BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
BIENES COMUNES
BIENES GANANCIALES
DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
DIVORCIO VINCULAR
LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
TITULARIDAD DE DOMINIO


JURISPRUDENCIA