Constitucionalidad de la ley 1953
- Buenos Aires : Imp. y Enc. San Martín, 1919
- 111 p.
La profesión del escribano es de libre ejercicio. El desempeño de la fe pública, es restringido. Diferencia entre una profesión y una función pública. Trabajo prestigiado por el Colegio de Escribanos, destinado a mostrar la improcedencia de un proyecto presentado al H. Congreso de la Nación, por el Dr. José Antonio González, autorizando el libre ejercicio de la fé pública