Nulidad de escritura : Fallo: P., F. G. c. A. Y., I. y otro s/ nulidad de escritura / instrumento
Tipo de material:
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Biblioteca José A. Negri | ED305 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible | Tomo aún no ingresado | ED305 |
Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala “E” 28-09-2023
Cita digital : ED-V-CCCLXXI-179
Publicado en el diario El Derecho del día 06-03-2024
Declarado en autos la nulidad de la escritura traslativa de dominio, corresponde regularizar la situación registral del inmueble objeto de aquel negocio jurídico anulado a favor de su titular registral primigenio –quien resulta ser la madre fallecida del actor–, resultando improcedente la inscripción a nombre de este, pues si bien reviste la condición de legítimo heredero, lo cierto es que, en puridad, ello excedería el marco cognoscitivo de estas actuaciones y el efecto de lo resuelto en virtud de la acción de nulidad impetrada y, además, preserva la integralidad de la legítima ante la probable presentación de otros eventuales herederos que podrían reclamar su vocación hereditaria.
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