El título valor hipotecario, de implementación esencialmente doméstica no bancaria, en reemplazo del pagaré hipotecario velezano, cartular, "convertible" en no cartular para su securitización en un "mercado de capitales más inclusivo", de conformidad con los lineamientos internacionales actuales y las leyes nacionales más recientes
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Contiene: Principio de "libertad de creación de títulos valores"- Revisión de las concepciones de los requisitos de especialidad y accesoriedad. Calidad o condiciones modificables de los títulos valores seguún el CCCN. El notario como agente de custodia y registro de los títulos valores
Tema 2: Garantías reales
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