Deberes no jurídicos en el matrimonio e improcedencia de pagar compensaciones o indemnizaciones

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: La Ley Buenos Aires 17 abril 2017Tema(s): Género/Forma: En: La Ley n. 71. p. 1-5
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Contiene: Deberes matrimoniales jurídicos y no jurídicos en el Código Civil y Comercial. Los intentos de instaurar la culpa y desvirtuar el régimen incausado de divorcio. Importancia de la labor interpretativa. Necesidad de la voluntad continua para el mantenimiento del matrimonio. Improcedencia de condenar al cónyuge al pago de sumas dinerarias por incumplimientos a los deberes matrimoniales no jurídicos. Inviabilidad de fundamentar en el artículo 431 del Código la aplicación de sanciones por violación a los deberes no jurídicos. Improcedencia de acudir a la compensación económica para sancionar al cónyuge que incumple deberes matrimoniales. Improcedencia de la vía de los daños para ventilar un juicio de reproche

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