El elemento subjetivo del vicio de lesión, la "necesidad" y las personas jurídicas

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: AbeledoPerrot Buenos Aires 1 marzo 2017Tema(s): Género/Forma: En: Jurisprudencia Argentina n. 9. p. 51-64
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Contiene: El caso. Los hechos del caso y los fundamentos del tribunal. Las normas anteriores y actuales sobre el vicio de lesión. El negocio lesivo. La dación en pago. El elemento objetivo de la lesión. El elemento subjetivo "necesidad". Su interpretación. Su invocación por una persona jurídica

Nota a fallo: C. Nac. Civ., sala B, 1/6/2016. "Faucoppi S.A. v. Banco Credicoop Coop. Ltdo. s/ nulidad de cláusulas contractuales". Obligaciones: extinción; dación en pago; nulidad; rechazo; elemento objetivo de la lesión no acreditado; diferencia con el valor de mercado justificada

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