Las situaciones jurídicas preexistentes, a un año de la vigencia del Código Civil y Comercial

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: La Ley Buenos Aires 1 agosto 2016Tema(s): Género/Forma: En: La Ley n. 143. p. 1-4
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Contiene: Objetivo de estas líneas. Primera distinción de la que no hemos hablado en la Argentina. Segunda distinción, dentro de las reglas de conflicto, que hemos dejado fuera del debate. Listado particularizado (sí o no). Las dos reglas ( incorporadas en el art. 7 del CCyC). El principio de no retroactividad de la ley. El efecto inmediato de las nuevas leyes. El tratamiento de los textos propuestos sobre irretroactividad de la ley (arts. 23/25) con los integrantes de la Comisión. El tratamiento de los textos propuestos sobre aplicación inmediata de la ley con los integranes de la Comisión (arts. 26, 27 y 28). Síntesis de lo sucedido. Conclusiones provisorias de lo relatado

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