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La modificación introducida en el art. 126 de la Res. 127/2012 de la UIF refuere ak aynebti de pesos 350.000 a pesos 600.000, monto a partir del cual se debe tener que definir el perfil del cliente

La Res. 262/2015 está dirigida a los sujetos obligados contemplados en los incisos 6 (Registros de la Propiedad Automotor) y 21 (Personas físicas y jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de automóviles, camiones, motos, etc.), del art. 20 de la Ley 25.246 y sus modificatorias

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