La irregularidad societaria en el Proyecto de Código
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Contiene: El concepto de irregularidad que traíamos de la Ley de Sociedades Comerciales no se encuentra presentado en el Proyecto, y la Sección IV del Proyecto será comprensiva de: a) Las sociedades atípicas que pasan de la nulidad al régimen del art. 22; b) las que omitan los denominados requisitos esenciales; c) las que incumplan con las formalidades exigidas por la ley; y respecto de este supuesto corresponde a las anteriores sociedades irregulares propiamente dichas de la ley 19.550 y las de hecho
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