El derecho de receso en la quiebra

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: ERREPAR Buenos Aires febrero 2013Tema(s): Género/Forma: En: Doctrina Societaria y Concursal n. 303. p. 113-127
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Contiene: Introducción. Derecho de receso. El derecho de receso frente a la quiebra de la sociedad. Texto legal. El antecedente legislativo: el artículo 153 de la ley 19.551. Régimen vigente: 1) la fecha de inicio de la cesación de pagos: a) introducción; b) procedimiento para la fijación de la fecha de inicio de la cesación de pagos; c) retroacción y período de sospecha; d) derecho de receso y retroacción. 2) Reintegración de lo percibido en concepto de receso. Su fundamento. 3) ¿Quién debe perseguir el reintegro de los fondos percibidos en concepto de receso? 4) ¿Cuál es el procedimiento para requerir el reintegro? 5) ¿Quién es el juez competente? 6) Medidas cautelares. 7) ¿El reintegro de lo percibido hace recuperar la calidad de socio? 8) ¿Existe repetición en el supuesto de otras formas de resolución parcial del contrato social? 9) Extensión de quiebra. 10) ¿Puede ejercerse el derecho de receso con posterioridad a la quiebra? Reflexiones finales

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