Jurisprudencia : sociedades - exclusión de socio : improcedencia. Sociedad Anónima. Inclusión en el estatuto de la cláusula que permite la aplicación del instituto con posterioridad al acto de exclusión. Art. 91 de la Ley de Sociedades Comerciales

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires Buenos Aires 25 julio 2012Tema(s): Género/Forma: Recursos en línea: En: Circular n. 3301. p. 18
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Sumario del fallo: CNCom., sala F, 2011/02/03. Micro ómnibus Ciudad de Buenos Aires S. A. T. C. I. c. Martínez, Daniel. Publicado en: La Ley 20/03/12

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