Las víctimas de accidentes de tránsito siguen siendo consumidores en el Proyecto de Código

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: La Ley S.A. Buenos Aires 30 agosto 2012Tema(s): Género/Forma: En: La Ley n. 163. p. 1-4
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Contiene: Preliminar. Introducción. Relación de consumo y consumidores (Art. 1092 del Proyecto de Código Civil). Los fundamentos del Proyecto de Código Civil y Comercial. Decíamos ayer...: las "víctimas de siniestros" son consumidores (de seguros). Argumentos en virtud de los cuales las víctimas de siniestros de tránsito no deberían considerarse como consumidores, en el Proyecto de Código Civil y Comercial de 2012. Argumentos legales por los que las víctimas de accidentes son consumidores en el Proyecto de Código Civil y Comercial de 2012. La casi imposibilidad legal de lograr que la víctima de un siniestro no sea considerada un Consumidor, mientras continúe vigente el Art. 42 de la Constitución Nacional y el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Automotores (Ley 24.449, Art. 68). Final

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