Vigencia intemporal de las leyes: a] Aplicación a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes; b] Principio de la irretroactividad. Excepción. c] Los contratos en curso de ejecución y las nuevas leyes supletorias
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b] Principio de la irretroactividad. Excepción. c] Los contratos en curso de ejecución y las nuevas leyes supletorias
Comisión 2: Vigencia intemporal de las leyes: a] Aplicación a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes
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