Sociedades. Requisitos. Capacidad. Sociedad de corredores. Regulación legal. Aplicación de las disposiciones de la ley 20.266 según norma de su art. 31. Matriculación. Todos los socios deben ser corredores. Objeto social limitado a actos de corretaje. Actuación personal e indelegable. Finalidad de la normativa. Constitucionalidad. Alcances de la registración de la sociedad de corredores ante la Inspección General de Justicia
Tipo de material:
- Argentina. Jurisprudencia
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Sumario del fallo: CNCom., sala E, junio 8 de 2010, Miriam Campos Propiedades SA - CIF c/ Banco Columbia SA s/ ordinario
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