Una "declaratoria" de la Corte Suprema (ley 48, art. 16) sobre la naturaleza jurídica del acuerdo preventivo extrajudicial
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Contiene: Introducción. La naturaleza jurídica del APE. Disquisiciones sobre la citada naturaleza. Aporte a las mismas disquisiciones y un enfoque algo más empírico. Consecuencias posibles
Nota a fallo: CS, 22/02/2011. "Banco Hipotecario SA s/ acuerdo preventivo extrajudicial". Concursos: acuerdo preventivo extrajudicial: concertación; entidades financieras; improcedencia
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