El automotor como "cosa riesgosa". El peatón como persona vulnerable

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Rubinzal-Culzoni Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2009Tema(s): Género/Forma: En: Revista de Derecho Privado y Comunitario n. 2009-2: Automotores I. p. 303-347
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Contiene: Por qué y desde cuándo el automotor es "cosa riesgosa". ¿Norma expresa? La reforma de 1968 al artículo 1113. La opinión de Borda. El automotor detenido y el automotor en circulación incorporado al tránsito. Las "faltas" en circulación como potenciadoras de riesgos. Las faltas y la culpabilidad del agente. Los riesgos del automotor y la interpretación económica del Derecho. Eficiencia y riesgos. El peatón y su vulnerabilidad. La educación para la circulación. El peatón y su prioridad de paso frente al automotor. Las zonas vedadas. Los errores y equivocaciones del peatón, ¿justifican las embestidas por los automotores? De la eximente total a la parcial con base en la culpa de la víctima. El peatón es también cosa sagrada de eminente dignidad.

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