El Registro de Acciones cartulares y escriturales

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: ERREPAR Ciudad Autónoma de Buenos Aires Mar-08Tema(s): Género/Forma: En: Doctrina Societaria y Concursal n. 244. p. 195-202
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Contiene: ¿Por qué la ley exige Libros? ¿Qué debe entenderse por "Libro"? Los Registros de la Propiedad y el Registro de Acciones. El Libro Registro de Acciones, ¿es uno solo para las cartulares y las escriturales? El formato preimpreso es insuficiente para cualquier Registro. Los Libros Legales no tienen formas ni formatos: tienen contenidos. Distintos sistemas y opciones. Formato preimpreso papel, emisión únicamente cartular. Formato preimpreso papel, emisión cartular y luego escritural. Formato preimpreso papel, emisión cartular, luego escritural, luego cartular y demás. Rubricación del soporte papel del Libro, administrado por medios "mecánicos y otros" del artículo 61. Firma digital por el Tribunal de Comercio del archivo soportado electrónicamente por la empresa

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