Sucesión : pérdida de la vocación hereditaria de los cónyuges divorciados. ¦mbito temporal de aplicación de la reforma introducida por la Ley 23515 en el último párrafo del artículo 3574 del Código Civil. Divorcio
Tipo de material:
- Argentina. Jurisprudencia
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Fallo: C.N.Civil, Sala K, agosto 14 de 2003. E., A. C. c/ G., R. R., publicado anteriormente en La Ley del 1/9/2003
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