Algunas consecuencias de la personalidad del consorcio de propiedad horizontal : (con especial referencia al concurso o quiebra)
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Contiene: Responsabilidad civil. Responsabilidad civil contractual y extracontractual del consorcio. Responsabilidad de los consorcistas por las deudas del consorcio. Los consorcistas responden en forma subsidiaria por las deudas del consorcio y en partes iguales. Los comuneros responden en forma directa y en proporción a la porción de la deuda que le corresponde conforme al art. 8º de la Ley 13.512. La responsabilidad de los consorcistas en los eventos científicos y los proyectos de reforma. Responsabilidad de quién ha comprado la unidad y existe una deuda con terceros por causa anterior a la adquisición. ¿Puede el consorcio concursarse o ser declarado en quiebra?
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