Jurisprudencia : disolución de la sociedad conyugal : muerte de uno de los cónyuges
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publicado en La Ley del 29/04/08
Sumario del fallo: Deuda contraída por el cónyuge supérstite con posterioridad a la disolución de la sociedad conyugal. Embargo. Cincuenta por ciento del bien ganancial inscripto a nombre del cónyuge supérstite. CNCiv., sala F, 2008/02/19. G., C. c.D., J.
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