Intervención del notario en los procesos sucesorios
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Contiene: Código Civil art. 3284: la jurisdicción corresponde a los jueces. Fe pública - poder público. ¿Qué hay detrás de la jurisdicción? Poder y reclamo. Dos cuestiones ajenas al ámbito notarial. ¿Qué tenemos los notarios? Competencia suficiente. No es impartir justicia. Proceso versus acta. No es sucesión en sede notarial. Es un acta. Algo de nuestra doctrina. Ley notarial 404, Ciudad de Buenos Aires. Legislación comparada. Notas
Tema 3: Declaratoria de herederos, coordinado por el esc. Augusto Luis Piccón. Intervención del notario en los procesos sucesorios, coordinado por el esc. Gastón Augusto Zavala
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