La declaración de incapacidad, ¿alcanza a los actos jurídicos familiares y personalísimos?

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires La Plata enero-abril 2006Tema(s): Género/Forma: En: Revista Notarial n. 953. p. 33-76
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Contiene: El concepto de persona. La capacidad como un atributo de la personalidad. La declaración de incapacidad por demencia. El concepto de capacidad de derecho ¿alcanza a los actos jurídicos personalísimos? ¿Cabe igual interpretación desde la lectura de las normas específicas? El concepto de capacidad de derecho, ¿alcanza a los actos jurídicos de naturaleza familiar? Entonces, ¿qué significa incapacidad para dirigir su persona? ¿Cabe igual interpretación desde la lectura de las normas específicas? ¿Cómo aplicar la interpretación contraria? ¿Qué rol le cabe al curador en esta clase de actos? El derecho a ser oído. Las obligaciones del incapaz

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