Sociedad off shore y el artículo 124 de la Ley 19.550 frente al pedido de quiebra

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: La Ley S.A. Ciudad Autónoma de Buenos Aires 17-Jul-06Tema(s): Género/Forma: En: La Ley n. 136. p. 6-10
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CNCom., sala A, 18/04/2006. Roskoop S.A.

Fallo: CNCom., sala A, 2006/04/18. Boskoop S.A.: competencia. Quiebra. Juez competente. Lugar del negocio principal. Sociedad constituída en el extranjero. Unica actividad realizada en la Argentina. Incumplimiento de los requisitos del artículo 118y aplicación del artículo 124 de la ley de sociedades. Sociedad irregular. Sociedad extranjera

Nota a fallo: Contiene: Las sociedades off shore y el artículo 124 de la ley 19.550. La reacción de la Inspección General de Justicia frente al fenómeno off shore a partir del año 2003. La opinión de la doctrina en relación con el artículo 124 de laley 19.550 y la sociedad constituída en el extranjero no inscripta. Sujeción al control de constitución. Inscripción de la reforma de adecuación. Las sociedades del 124 que actuaron sin inscripción registral o con inscripción inadecuada. Diferencias en la ausencia de inscripción en los casos previstos por los artículos 118, tercer párrafo, 123 y 124 de la ley 19.550. El fallo Boskoop S.A.

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