Jurisprudencia : sucesión testamentaria
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El Juez de primera instancia admite la presentación efectuada por los hijos del heredero desheredado en la sucesión de su abuelo y la Cámara Nac. de Apelaciones en lo Civil, Sala I confirma dicho fallo ya que considera que según el art. 3749 primerpárrafo del Cód. Civil -modificado por la ley 17.711- (Adla XXVIII-B, 1810) los mismos heredan a través de un derecho de representación que opera aun en vida del representado y asimismo tienen derecho a la legítima a la que el desheredado hubiera tenido derecho de no haber sido excluído.
Sumario del fallo: Exclusión de herederos - Derechos de los hijos del desheredado para entrar en la sucesión de su abuelo - Derecho de representación "sui generis". Fallo 109.731 - CNCiv., Sala I, 2005/10/13 - Kipperband, Pinchos. La Ley, 30/11/05
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