El contrato de servicios turísticos : su realidad en la jurisprudencia argentina reciente
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Contiene: Objetivo y límites de esta líneas. El derecho comunitario. Necesidad de ratificarlo frente a un Mercosur olvidado por las autoridades nacionales. Sujetos. La tipicidad jurídica: La Convención Internacional del Contrato de Viaje [CICV] de 1970, aprobada por ley 19.918/1972. Distinción básica: intermediario y organizador u operador. Contrato de organización de viaje [el denominado sector productivo o industrial] Contrato de intermediación de viaje [sector distributivo o comercial] La respuesta de los organismos administrativos. La respuesta de los tribunales civiles y comerciales. Una nueva visión: la directiva europea 90/134 del 13 de julio de 1990m reguladora del "paquete" o forfait touristique, "viaje todo incluído" o "viaje combinado". Derecho del turismo y derecho de la libre competencia
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