Escrituras aclaratorias : ¿puede otorgarse escritura aclaratoria para subsanar determinados errores con la sola comparecencia del actual titular del derecho que emana de la escritura donde figura el error?

Por: Colaborador(es): Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires Ciudad Autónoma de Buenos Aires marzo-abril 1973Títulos uniformes:
  • Instituto Argentino de Cultura Notarial
Género/Forma: Recursos en línea: En: Revista del Notariado 728. p. 711-724
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