Sobre la concursalidad de las entidades financieras

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: LexisNexis Buenos Aires 05-Dic-01Tema(s): Género/Forma: En: Jurisprudencia Argentina n. 10. p. 28-32
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Sumario: La quiebra no es "la" solución de la empresa en dificultades. El error de la naturaleza jurídica del banco: es una "cuestión de hecho". Supuesto de la revocatoria de autorización para funcionar, del banco, por el Banco Central de la República Argentina. Discusión en torno a la excepcionalidad de la falencia. Posible demasía de opiniones de autores locales en la cuestión. Tendencia en las quiebras paradigmáticas ocurridas en los últimos tiempos. Carencia de una política general, por el banco Central de la República Argentina, conduciendo a una liquidación de entidades financieras a partir de 1980. ¿Qué es el "imperium" del juez? Conclusiones en torno al objeto de la sociedad comercial o sociedad cooperativa que hubiera perdido su autorización de funcionar como banco. Preferencia de "anticipos" sobre "conclusiones" en la materia. Las opiniones de los mercados son un reflejo. Prédica peronista sobre el Poder Judicial en los años '40. Debe suavizarse la excepcionalidad concursal pensando en la empresa y

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