Transmisión sucesoria del dividendo en acciones y sociedad conyugal
Tipo de material:
Contiene: 1. Naturaleza del dividendo. II. El dividendo como crédito del causante. III. Calificación, en la división de la sociedad conyugal, de las acciones adquiridas a título de dividendo. 1. El acrecimiento del patrimonio propio es propio. 2. Acciones adquiridas como propias. a) Las acciones adquiridas por uno de los cónyuges durante la existencia de la sociedad conyugal, por herencia, legado o donación, o con dinero de origen propio o por permuta de un bien propio. c) El mayor valor adquirido por las acciones propias. d) Las acciones que provienen de la capitalización de reservas, adquiridas por el cónyuge como tenedor a título propio de acciones de la sociedad emisora. e) Las acciones recibidas como dividendo. f) Las acciones suscriptas en ejercicio del derecho de preferencia de acciones propias. g) La acciones recibidas como resultado de fusiones o escisiones. h) La dimensión moderna de la acción como expresión de parte del capital social. 3. Acciones consideradas gananciales. a) Las acciones adquirida
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