Regímenes de responsabilidad civil contractual y extracontractual en nuestro derecho positivo

Por: Tipo de material: ArtículoArtículoDetalles de publicación: Buenos Aires 25-Abr-01Tema(s): Género/Forma: En: Jurisprudencia Argentina n. 6243. p. 84-96
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Contiene: Supuestas desemejanzas entre ambos regímenes: a) Distinta naturaleza de la obligación violada, b) Mora, c) Carga probatoria, d) Competencia, e) Capacidad. f) Posibilidad de ampliación o reducción de la responsabilidad, g) Reparación del daño moral, h) Facultad judicial de atenuación de la responsabilidad, i) Responsabilidad refleja por el hecho de otro, j) Responsabilidad por daños causados con intervención de cosas, k) Distintos factores atributivos de la responsabilidad. Verdaderas diferencias entre ambos regímenes: a) La mancomunación entre los corresponsables, b) Extensión del resarcimiento, c) Plazo de prescripción de la acción indemnizatoria. El problema de la opción. Posibilidad de la unificación de los regímenes

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